Los positos en su genuino carácter eran graneros, especialmente de trigo, con el objeto de abastecer de pan al público, especialmente en las épocas de carestía y de prestar grano a los labradores, tanto para la siembra como para el consumo en los meses de mayor escasez, librándolos así de caer en las manos de la usura.
Con el préstamo, el pequeño labrador podía suplir las carencias de una mala cosecha o la compra de todo lo necesario para la próxima, o bien la compra de nuevas tierras o el sanear las rentas. A los vecinos necesitados se les hacían prestamos desde mediados de Abril hasta la cosecha. Normalmente, en Agosto.
Felipe II en una pragmática de 15 de Mayo de 1584 estableció la primera reglamentación oficial de estos establecimientos, disponiendo que su dinero se guardase en una arca con tres llaves y el trigo en un depósito con dos llaves.
En 1792 existen en España 5249 positos municipales, a partir de esa fecha se reitera lo de las tres llaves para el dinero y se exigen también tres llaves para el depósito de grano, llaves que debían estar en poder del Alcalde, de un Regidor y del Depositario.
Siempre ha existido la picaresca y en este caso era bastante común el que algunos ganasen la voluntad de los interventores para sacar cantidades de grano con que negociar, por cuenta propia o ajena; otros, ponían en juego malas artes o la intriga hasta conseguir su entrada en el Ayuntamiento y el manejo de los caudales del posito durante el tiempo de su mandato y así repartir los granos y prestamos entre familiares, amigos y compradores, sin acordarse de los pobres que carecían de semillas para continuar sus labores y de dinero para comprarlas.
La primera noticia que tenemos del posito de Calpe nos la proporciona Sebastián de Miñano en 1826. Si tenemos en cuanta que 40 años antes y según el Censo de Floridablanca ( 1787) existían en Calpe solamente 25 labradores, pocas podían ser las posibilidades del posito calpino por aquellas fechas.
La producción agrícola en nuestro término en 1826 era principalmente de algarrobas y almendras en abundancia, alguna cebada, un poco de vino, muy poco aceite y pasas.
El posito calpino con anterioridad a 1833, fecha en la que definitivamente se crea la provincia de Alicante, pertenecía a la Superintendencia General de Positos del Reyno de Valencia. A partir de esa fecha es la Diputación Provincial la que supervisa todo el proceso.
El siguiente documento que tengo noticia, es familiar. Se trata de una carta de pago de mi bisabuela paterna Remedios Reig Bordes, casada con José Avargues Pastor propietarios de tierras en Oltá. En esta carta de pago y que corresponde al 15 de Octubre de 1902, Remedios paga al posito calpino la cantidad ( considerable para la época) de 132,56 pesetas, “ que entrega en dicho establecimiento por el concepto de completo pago de lo que adeuda al establecimiento por capital e interés hasta fin del actual”. Firman el alcalde-director Felipe Jorro Nomdedeu. El secretario-interventor José Mª Orozco. El depositario de fondos José Jorro y Francisco Morató en representación de Remedios por no saber esta firmar.
Los intereses de los positos oscilaban entre el 6 y el 12 % anual. Como muchos de los pequeños agricultores no inscribieron sus propiedades en el nuevo Registro de la Propiedad huyendo de los gastos que ocasionaba tal registro. Al no hacerlo, quedaban fuera de los requisitos exigidos y caían en manos de usureros y prestamistas que en virtud de la necesidad, subían los intereses en torno al 30 por ciento. A veces el prestamista era el propio propietario de la finca que dejaba dinero a crédito a su arrendatario.
El 23 de Enero de 1906 se crea la Delegación Regia y el Reglamento para el funcionamiento de los positos, pasando estos a depender del Ministerio de Fomento. El organismo autónomo de servicio de positos fue definitivamente suprimido por la Ley de Presupuestos Generales para 1985.
Una disposición de la Ley 49/1998 de 30 de Diciembre deroga definitivamente de Ley de 23 de Enero de 1906, autorizando al Ministerio de Agricultura para establecer el cauce reglamentario adecuado, por el que, en un periodo transitorio de dos años se regularice la situación de los positos, cuyo “Capital Paralizado” se encuentra depositado en el Banco de España.
Durante muchos años los fondos del Posito Agrícola han sido utilizados por el ayuntamiento calpino para fines completamente ajenos para los que fueron creados. La ayuda al pequeño agricultor.
No hay comentarios:
Publicar un comentario